Alérgenos en la carta de un restaurante: qué exige la ley
Actualizada el · Equipo de Kavuo
Sí, en España un restaurante está obligado a informar de los alérgenos de los platos que sirve. Debe hacerlo sobre los 14 alérgenos de declaración obligatoria del Reglamento (UE) 1169/2011, y el Real Decreto 126/2015 permite darlo por escrito (en la carta o en un cartel) o de palabra, siempre que la información esté registrada por escrito en el local y un cartel visible diga dónde consultarla.
¿Es obligatorio informar de los alérgenos en un restaurante?
Sí. El Reglamento (UE) 1169/2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, obliga a indicar las sustancias que causan alergias o intolerancias (artículo 9.1.c) y extiende esa obligación a los alimentos que se sirven sin envasar (artículo 44), que es el caso de un bar o un restaurante.
En España lo desarrolla el Real Decreto 126/2015, de 27 de febrero, que regula la información de los alimentos sin envasar que se ofrecen al consumidor final y a las colectividades. Su artículo 4 exige informar de los alérgenos con una referencia clara a la sustancia de que se trate, y su artículo 6 dice cómo se puede dar esa información.
Los 14 alérgenos de declaración obligatoria
Son los del anexo II del Reglamento (UE) 1169/2011. Cualquier plato que los lleve como ingrediente, aunque sea en pequeña cantidad o dentro de una salsa, debe identificarlos:
Cómo hay que dar la información
El artículo 6 del Real Decreto 126/2015 deja elegir el medio, con condiciones. Puede ir por escrito, en la carta, en etiquetas o en carteles junto a los platos. También se puede dar de palabra, siempre que se cumpla todo esto:
Buenas prácticas para la carta de alérgenos
Más allá del mínimo legal, lo que evita problemas en sala es que la información esté plato a plato y al día. Estos consejos no son obligaciones de la norma, pero ayudan a cumplirla:
Alérgenos en una carta digital
Una carta digital con QR es un soporte escrito más, y tiene una ventaja: se actualiza al momento, sin reimprimir. Es una buena forma de tener la información registrada y accesible, siempre que el cliente pueda consultarla sin coste y el personal sepa resolver dudas.
En la carta digital de Kavuo indicas los alérgenos de cada plato y el cliente los ve con iconos en la web y en el QR, en español, en inglés y en los idiomas que añadas. La responsabilidad de que la información sea correcta sigue siendo del restaurante.
Fuentes
- Real Decreto 126/2015, de 27 de febrero (BOE), artículos 4 y 6
- Reglamento (UE) n.º 1169/2011, artículos 9 y 44 y anexo II (EUR-Lex)
- AESAN: etiquetado de sustancias que causan alergias e intolerancias
Esta guía es informativa y no sustituye al asesoramiento legal. La normativa puede cambiar y cada comunidad autónoma puede tener reglas propias: revisa tu caso con tu asesor.